Roberto Bañón ha tenido el amabilidad de enviarnos los enlaces a la Resolución de 22 de febrero de 2011, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el I Convenio colectivo marco estatal de ocio educativo y animación sociocultural, por lo que podéis verlo pinchando los siguientes:
http://www.boe.es/boe/dias/2011/03/08/pdfs/BOE-A-2011-4345.pdf
y
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2011-4345
En principio tenemos que agradecer la oportunidad del presente Convenio ya que llena el vacío legal existente hasta ahora en este terreno, no obstante y tras una lectura rápida del mismo, tendría que objetar lo siguiente:
Las asignaciones económicas, sueldos, de las distintas personas contratadas por las Empresas de Ocio, Tiempo Libre, Animación sociocultural, etc. es muy bajo, considerando el número de horas que hay que trabajar si queremos que estas actividades tengan algún contenido social y educativo, especialmente aquellas que necesitan una dedicación de 24 horas de trabajo, diríamos de dedicación exclusiva, como podrían ser los campamentos, colonias, etc. Me parece ridículo un sueldo de Director de Programas sea de tan solo 1.204 € brutos al mes. Y más lamentable aún es lo asignado a limpiador de 739.60 € Como siempre estos trabajos están totalmente infravalorados.
Asimismo tengo dudas de que únicamente los sindicados UGT y CCOO, por una parte, y FOESC, ANESOC Y AEEISSS, por otra, sean los firmantes de este convenio que abarca a la totalidad del Estado Español, excepto a alguna Comunidad Autónoma que ya lo tienen como puede ser: Cataluña, Euskadi y Aragón (igualdad para todos y todas, ¡pero menos!).
Además se me plantean algunas dudas: ¿No hay un conflicto de competencias entre la Ley del Voluntariado y este convenio? ¿En qué marco se inscriben los contratos de personal voluntario remunerado?
Cuando sigamos leyendo, que supongo que lo haremos, los contenidos de este CONVENIO, supongo que saldrán nuevos temas a discutir. Para mí lo que no hay duda es que nos ¡estamos cargando el mundo del voluntariado! Algunos/as dirán que una cosa no tiene que ver con la otra, pero es solo ¡la apariencia! otra son ¡LAS INTENCIONES!
Recordemos la última conferencia que nos dio Toni Puig en la celebración del aniversario de la creación de la ESCUELA REGIONAL DE TIEMPO LIBRE... (cuyo texto, por cierto, nos gustaría tener)
Amigos y amigas: HOY MANDA EL MUNDO DE DINERO: Todo se puede comprar y consumir, cuanto antes mejor, no sea que ...incluso el bien-estar, la educación y, lo más grave, la libertad de nuestros niños y jóvenes.
Además y finalmente diré: ¿Cómo podemos garantizar un trabajo de calidad con las percepciones que contempla el mencionado CONVENIO?
http://www.boe.es/boe/dias/2011/03/08/pdfs/BOE-A-2011-4345.pdf
y
http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2011-4345
En principio tenemos que agradecer la oportunidad del presente Convenio ya que llena el vacío legal existente hasta ahora en este terreno, no obstante y tras una lectura rápida del mismo, tendría que objetar lo siguiente:
Las asignaciones económicas, sueldos, de las distintas personas contratadas por las Empresas de Ocio, Tiempo Libre, Animación sociocultural, etc. es muy bajo, considerando el número de horas que hay que trabajar si queremos que estas actividades tengan algún contenido social y educativo, especialmente aquellas que necesitan una dedicación de 24 horas de trabajo, diríamos de dedicación exclusiva, como podrían ser los campamentos, colonias, etc. Me parece ridículo un sueldo de Director de Programas sea de tan solo 1.204 € brutos al mes. Y más lamentable aún es lo asignado a limpiador de 739.60 € Como siempre estos trabajos están totalmente infravalorados.
Asimismo tengo dudas de que únicamente los sindicados UGT y CCOO, por una parte, y FOESC, ANESOC Y AEEISSS, por otra, sean los firmantes de este convenio que abarca a la totalidad del Estado Español, excepto a alguna Comunidad Autónoma que ya lo tienen como puede ser: Cataluña, Euskadi y Aragón (igualdad para todos y todas, ¡pero menos!).
Además se me plantean algunas dudas: ¿No hay un conflicto de competencias entre la Ley del Voluntariado y este convenio? ¿En qué marco se inscriben los contratos de personal voluntario remunerado?
Cuando sigamos leyendo, que supongo que lo haremos, los contenidos de este CONVENIO, supongo que saldrán nuevos temas a discutir. Para mí lo que no hay duda es que nos ¡estamos cargando el mundo del voluntariado! Algunos/as dirán que una cosa no tiene que ver con la otra, pero es solo ¡la apariencia! otra son ¡LAS INTENCIONES!
Recordemos la última conferencia que nos dio Toni Puig en la celebración del aniversario de la creación de la ESCUELA REGIONAL DE TIEMPO LIBRE... (cuyo texto, por cierto, nos gustaría tener)
Amigos y amigas: HOY MANDA EL MUNDO DE DINERO: Todo se puede comprar y consumir, cuanto antes mejor, no sea que ...incluso el bien-estar, la educación y, lo más grave, la libertad de nuestros niños y jóvenes.
Además y finalmente diré: ¿Cómo podemos garantizar un trabajo de calidad con las percepciones que contempla el mencionado CONVENIO?
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